Si
usted es propietario y tiene pensado vender una propiedad que supere el valor
de $300.000.- deberá obtener en la
AFIP el llamado COTI o código de oferta de transferencia de
inmuebles. Para realizar el trámite es necesario contar con clave
fiscal y el trámite se realiza en la AFIP. Una vez que tiene la clave fiscal podrá
ingresar al sistema online de la
AFIP ingresando el CUIL y la clave fiscal.
Los datos que se le solicitarán se encuentran en la escritura
del inmueble en cuestión.
*** El COTI es un código de identificación, no es un impuesto. ***
propietarios de inmuebles*** El COTI es un código de identificación, no es un impuesto. ***
Código de oferta de transferencia de inmueblesCOTI ]
Para visualizar un esquema orientativo, puede ingresar a:
http://www.afip.gov.ar/inmuebles/documentos/esquemaTransferenciaInmuebles.pdf
Para obtener el COTI, necesita la clave fiscal. El COTI puede obtenerse vía internet (una vez que obtenga la clave fiscal) o llamando por teléfono al 0800-999-2347. También puede obtenerse mediante el envío de un mensaje de texto: SMS: Tramitación del COTI a través de MENSAJES DE TEXTO
Cómo obtener la clave fiscal si aun no la tiene: http://www.afip.gov.ar/claveFiscal/ ( para poder hacer trámites online deberá solicitar la clave en forma personal).
Guía del usuario para la obtención de la clave fiscal: http://www.afip.gov.ar/claveFiscal/infounificada.asp
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de buenos Aires tiene un documento en PDF que explica los datos que se le requerirán al titular del inmueble para obtener el COTI. Abrir Documento PDF con la información
Diagrama explicativo del procedimiento para Propietarios:
http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/documentos/esquemaTransferenciaInmuebles.pdf
donde se encuentra la información sobre el COTI: http://www.afip.gov.ar/iti/
Guías de Trámites de Constancias y Certificados de Impuesto a la trasferencia de Inmuebles.
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/categoria_list_detail.aspx?id_padre=651
Documento explicativo de este régimen informativo
http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/documentos/RG2371Novedad.pdf
Preguntas Frecuentes
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria.aspx?id_nivel1=563&id_nivel2=853
Resolución General AFIP Nº 2141/2006
Ante cualquier duda consulte con su abogado, contador o contacte a la AFIP:
Tel: 0800-999-2347 / 0810-999-2347 (AFIP) o *2347 desde su celular.
De lunes a viernes, de 08:00 a 20:00 horas
Email: guiavirtual@afib.gov.ar
Información sobre el VIR ( Resolución
AGIP Nº 67/2010 VIR )
Link de información
sobre el VIR: http://www.agip.gov.ar/web/ventanillas/vir-para-escrituras.html
Sitio web de la AGIP
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